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Ley de ciberdelitos de Chile será actualizada en base al Convenio de Budapest

La ley existente se creó en 1993 y nunca se ha modificado.

En Chile existe una ley que sanciona los delitos cibernéticos. Sin embargo, aquella ley data de 1993 y luego de casi un cuarto de siglo será actualizada, según lo que informa el diario La Tercera.

Para entender un poco el contexto de esto, hay que remitirse a la misma ley 19.223 que está vigente hoy en día. Dicha ley consta de apenas cuatro artículos y a la fecha jamás se le han hecho modificaciones. Es tan corta que se puede leer en su totalidad a continuación:

Artículo 1°.- El que maliciosamente destruya o inutilice un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes, o impida, obstaculice o modifique su funcionamiento, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo. Si como consecuencia de estas conductas se afectaren los datos contenidos en el sistema, se aplicará la pena señalada en el inciso anterior, en su grado máximo.

Artículo 2°.- El que con el ánimo de apoderarse, usar o conocer indebidamente de la información contenida en un sistema de tratamiento de la misma, lo intercepte, interfiera o acceda a él, será castigado con presidio menor en su grado mínimo a medio.

Artículo 3°.- El que maliciosamente altere, dañe o destruya los datos contenidos en un sistema de tratamiento de información, será castigado con presidio menor en su grado medio.

Artículo 4°.- El que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio. Si quien incurre en estas conductas es el responsable del sistema de información, la pena se aumentará en un grado.

Claramente, los artículos están desactualizados respecto a lo que sucede hoy en internet y específicamente, a la forma en que la gente utiliza internet para hacer prácticamente de todo, incluyendo a los criminales como los de la foto.

¿Y entonces?

El proyecto de ley que se enviará al congreso implica actualizar la legislación actual en base al Convenio de Budapest, un tratado internacional firmado hace ya bastante tiempo (2001) al cual Chile se sumó en abril de 2017 como parte de una renovada política de ciberseguridad.

Los nuevos delitos que se agregarán a la ley son ocho, según lo que indica La Tercera:

  1. Captación visual y sonora de información sin consentimiento
  2. Difusión de ese material
  3. Producción de programas o dispositivos para cometer delitos
  4. Difusión de información de un sistema informático
  5. Manipulación de claves confidenciales y de datos codificados en una tarjeta
  6. Uso de programas o dispositivos para vulnerar la integridad de datos
  7. Alteración o daño de sistemas informáticos
  8. Alteración de datos para acceder a un sistema informático

El proyecto de ley aún no ha sido despachado y todavía está en fase de afinación antes de enviarse a las cámaras baja y alta. Será entonces momento de revisarlo en detalle y de alguna forma anticipar la efectividad del mismo, ya que pese a ser frecuentes hoy en día la mayoría de delitos quedan impunes porque no hay nada que los penalice.

Jaque mate, hackers.

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