El próximo 4 de marzo de 2026, coincidiendo con el retorno a clases, Chile activará la prohibición legal del uso de dispositivos móviles en la educación parvularia, básica y media. La Ley 21.801, publicada recientemente en el Diario Oficial, no solo restringe el uso de pantallas, sino que obliga a los establecimientos a actualizar sus reglamentos internos antes del 30 de junio.
Sin embargo, la normativa técnica es clara: el celular no desaparece por completo, sino que se transforma en una herramienta estrictamente regulada bajo cinco escenarios excepcionales que garantizan el derecho a la salud y la continuidad pedagógica.

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Los 5 escenarios donde se permitirá el uso de dispositivos
La legislación establece un marco de flexibilidad para situaciones donde la tecnología resulta indispensable. Según el texto legal, los directores podrán autorizar el uso de equipos en los siguientes casos:
- Necesidades Educativas Especiales (NEE): Cuando el dispositivo actúe como una ayuda técnica indispensable para el aprendizaje del estudiante.
- Condiciones de Salud: Para alumnos que padezcan enfermedades que requieran monitoreo constante (como diabetes), siempre que se acredite mediante certificado profesional.
- Emergencias y Catástrofes: Situaciones críticas que pongan en riesgo la seguridad colectiva o individual dentro del recinto.
- Uso Pedagógico: En educación básica y media, cuando el docente determine que el equipo es útil para una actividad curricular específica.
- Seguridad Personal o Familiar: Casos donde el apoderado presente una solicitud fundada ante la dirección del colegio por motivos de fuerza mayor.

Plazos y sanciones para los colegios
La ley no es opcional. Todos los establecimientos educacionales del país tienen como fecha límite el final del primer semestre de 2026 para fijar sus mecanismos de cumplimiento y las consecuencias ante infracciones.
Esta medida busca reducir la distracción digital y mejorar la convivencia escolar, un problema que ha escalado en la última década. El Ministerio de Educación supervisará que la transición no afecte la inclusión de estudiantes que dependen de estos dispositivos para su autonomía diaria, asegurando que la restricción sea una herramienta de mejora pedagógica y no una barrera de acceso.
Cronología y Detalles Clave de la Ley 21.801
- Fecha de Publicación: La Ley 21.801 fue publicada en el Diario Oficial el pasado 11 de febrero de 2026.
- Origen Legislativo: Esta ley es el resultado de la refundición de varios proyectos de ley (Boletines 16.358-04 y otros) que buscaban modificar la Ley General de Educación (LGE) para resguardar la convivencia escolar y la salud mental.
- Entrada en Vigencia: La restricción general comienza a regir desde el 4 de marzo de 2026, coincidiendo con el inicio oficial del año escolar en Chile.

¿Qué más dice la normativa? (Datos técnicos adicionales)
- Mandato a los Establecimientos: No es una prohibición “en el aire”. La ley obliga a que todos los recintos (parvularia, básica y media) incluyan en sus Reglamentos Internos de Convivencia Escolar (RICE) las medidas de regulación y las sanciones proporcionales por el uso no autorizado.
- El “Plazo de Gracia”: Aunque la ley entra en vigor en marzo, los colegios tienen como plazo máximo el 30 de junio de 2026 para tener sus reglamentos actualizados y validados ante la Superintendencia de Educación.
- Responsabilidad Docente: La ley otorga la facultad a los profesores y directivos para decidir cuándo el dispositivo se convierte en una “herramienta pedagógica”, permitiendo su uso exclusivamente si está planificado en la actividad curricular.
- Fiscalización: La Superintendencia de Educación será el organismo encargado de fiscalizar que los colegios cumplan con la normativa y que existan protocolos claros para el retiro y resguardo de los equipos si un alumno infringe la norma.
