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Airbnb sufre gran derrota con la Corte Suprema chilena

Administración de un edificio de la comuna de Las Condes pidió a la justicia chilena prohibir el uso de Airbnb en su comunidad.

Airbnb está en problemas en Chile, eso al menos queda de manifiesto luego de que la popular aplicación de alojamientos perdiera una disputa con la administración de un edificio de Las Condes, que se oponía a que varios de sus departamentos fueran utilizados por la plataforma.

La Corte Suprema rechazó un recurso de protección interpuesto en contra del edificio Jardines Fray de León, que prohíbe a los propietarios de departamentos utilizar la aplicación móvil Airbnb.

Qué pasó con Airbnb en este edificio y qué dice la ley

Básicamente la legislación chilena no reconoce a Airbnb en «regla» para poder ofrecer alojamientos de tipo turístico o de negocios y aduce que en el caso de esta comunidad de Las Condes: «el funcionamiento de la administración del edificio «no se ajusta a la actividad regulada de hospedaje turístico o arriendos estacionales, previstas en el Código de Comercio».

Según expone el artículo 7 del código del Comercio:

«los propietarios deben ofrecer servicios de alojamientos regulares (…) programados anticipadamente y mantenidos en el tiempo, contraponiéndose al arriendo ocasional por hora o de un número inferior a 15 días».

La Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Arturo Pardo, Ángela Vivanco y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Pedro Pierry, además aclaró lo siguiente:

«Los propietarios vulneran el carácter y destino habitacional del edificio, atento a lo dispuesto en el reglamento de copropiedad del inmueble que prohíbe explícitamente la destinación de los diversos departamentos o unidades al giro de Apart Hotel.

“es precisamente la definición que más se ajusta a la oferta de hospedaje estacional de la plataforma de Airbnb la que se puede aplicar a los servicios de arrendamiento generalmente por plazos de días, inferiores a 15“.

Por último la justicia estableció que,  «el fallo no afecta el derecho de propiedad de los recurrentes y, por lo mismo, procede rechazar el recurso de protección interpuesto»

 

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