Política

Chile: Los trámites lentos e innecesarios podrían tener sus día contados con proyecto de modernización del Estado

Los senadores aprobaron por unanimidad la idea de legislar sobre cómo agilizar la tramitación por medios electrónicos.

El proyecto que propiciará la digitalización de los procedimientos administrativos, avanza en el Congreso de Chile. Los senadores aprobaron la idea de legislar el mensaje, en primer trámite constitucional, “que modifica la ley que establece bases de los procedimientos administrativos, en materia de documentos electrónicos”.

Según mencionaron desde la sala de prensa del Senado, la cámara aprobó por 36 votos a favor el texto legal que incorpora el soporte y la tramitación electrónica en los procedimientos administrativos y en la gestión de documentación de la Administración del Estado.

El proyecto tiene como propósito “transformarlo en uno más moderno, cercano, eficiente y transparente”. Con esta primera aprobación, se recibirán indicaciones hasta lunes 5 de noviembre. El mismo Ministro Secretario General de la Presidencia, Gonzalo Blumel, confirmó la noticia por su Twitter:

https://twitter.com/gblumel/status/1052325687099576320

Concretamente, el proyecto tiene por objetivo la transformación digital, incorporando el soporte y la tramitación electrónica en los procedimientos administrativos y en la gestión de documentación. Así lo explican desde el Senado:

Entre los contenidos del proyecto se dispone que, por regla general, todos los procedimientos administrativos ante los órganos del Estado deberán tramitarse en medios electrónicos y constar en un expediente en el mismo tipo de soporte, de manera que aquéllos deban ser iniciados por las personas desde plataformas electrónicas que les permitan, además, hacer un seguimiento de ellos, obtener copias en línea y ser notificadas electrónicamente, entre otros actos.

De esta forma, se establece que la tramitación en formato papel u otro distinto del electrónico, sólo podrá usarse en forma excepcional, “cuando la propia naturaleza del acto exija otra forma de expresión y constancia, o en los casos expresamente señalados en el proyecto de ley”.

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