Política

España aprueba la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

Cambios en derecho a copia privada, canon a medios y a las universidades públicas y privadas.

Finalmente la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en España se ha aprobado con los votos a favor del PP (partido en mayoría) y 144 votos en contra (PDF).

La ley entrará en vigor el 1 de enero de 2015 y esto provocará cambios para todos los medios de comunicación españoles y universidades, además de profundos cambios en el derecho a copia privada.

Uno de los principales cambios es la llegada del “canon AEDE” (Asociación de Editores de Diarios Españoles), una unión entre grandes grupos editoriales en España que ha animado al Gobierno a hacer cambios a su beneficio. Pero hay mucho más que un canon. Por partes.

Restricciones a citar contenidos

La también llamada “Tasa Google” provocará que los editores y medios tengan una compensación por sus derechos de autor a la que no podrán renunciar. El artículo 32.2 obliga a los agregadores de contenidos pagar un canon para compensar las infracciones de Copyright. ¿Qué infracciones? Citar un artículo y enlazarles.

Esto afectará a prácticamente cualquier medio que esté en España y agregadores como Menéame o Google News.

Google, como uno de los principales afectados por Google News, ha querido emitir un comunicado ante esta situación:

Estamos decepcionados con la nueva ley porque creemos que servicios como Google News ayudan a los editores a llevar tráfico a sus sitios web. Por lo que se refiere al futuro, continuaremos trabajando con los editores españoles para ayudarles a incrementar sus ingresos mientras valoramos nuestras opciones en el marco de la nueva regulación

Nueva definición de copia privada

De nuevo se vuelve a modificar la definición de “copia privada” para hacerla más restrictiva. Para que algo se considere “copia privada” tendrás que tener la obra en origen comprada legalmente. Es decir, descargar una película ya no será una “copia privada” ya que no tienes acceso a la versión original adquirida en alguna tienda.

Este cambio de definición llega dado a que para la justicia las descargas de internet se consideraban copias privadas al no tener una intención de ganar dinero con ella. Ahora será directamente ilegal tener una copia de cualquier producto si no tienes una versión original comprada.

¿Y quién paga esto? Todos los españoles gracia a que saldrá de una partida de los Presupuestos Generales del Estado. No solo se define como “pirata” a todos los Españoles, es que también tendrán que pagarlo.

Para aquellas páginas que muestren enlaces a contenidos protegidos bajo Copyright y aunque no se lucren con ellas, podrán ser multadas, con cantidades que rondarán entre 150.000€ y 600.000€ dependiendo del caso y “gravedad” de la infracción. Además de dar más poder al órgano administrativo llamado Sección Segunda (perteneciente a la Comisión de Propiedad Intelectual), que podrá admitir a trámite las reclamaciones. Y quizá peor, pueden actuar en contra de la web llegando a bloquearla. Para ello bastará con un aviso mediante correo electrónico al propietario del servicio o que lo aloje.

Universidad más cara

Más dinero a modo de canon. Las Universidades públicas y privadas tendrán que pagar una cantidad a CEDRO por el uso de materiales en sus ediciones digitales para los alumnos. Aunque estos contenidos estén bajo otras licencias que no sean Copyright.

El abogado Javier de la Cueva lo dejaba claro en una entrevista en Gizmodo.

Si coges el número de alumnos y Universidades, sale a 8 millones de euros anuales a favor de CEDRO. Y todo por publicar objetos bajo Creative Commons. Un disparate.

La forma indiscriminada en la que está pensada esta reforma atenta directamente a las libertades en España. No solo es una mala noticia para empresas de medios, también para la libertad de expresión por tener que pagar por lo que antes era un derecho, la cita.

El lobby de medios ha ganado en España y con ello, un nuevo caso de vergüenza internacional.

Foto portada (cc) La Moncloa

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