Política

Panamá aprueba draconiana ley de copyright

Ha sido calificada como “la peor ley de copyright del mundo”, e impone multas sin que las personas pasen por un juicio civil.

El jueves, el Congreso de Panamá aprobó una nueva ley de propiedad intelectual que entrega vía libre a las autoridades para castigar directamente a quienes infrinjan el copyright, un proyecto que según los críticos constituye “la peor ley de copyright del mundo”, pudiendo ser incluso peor que los dos años de cárcel que propone Japón.

El Proyecto 510-2012 [PDF] debe ser ahora promulgado (o vetado) por el presidente Ricardo Martinelli. La ley fue redactada para hacer que las regulaciones estuvieran de acuerdo al tratado de libre comercio entre Panamá y Estados Unidos, sin embargo, exagera las medidas para los objetivos que pretende cumplir.

Según el abogado Andrés Guadamuz, la ley se salta los procesos civiles para imponer directamente una sanción al infractor, sin pasar por la justicia. “La ley 510 entrega nuevos poderes a la rama administrativa del Ministerio de Industria y Comercio, llamada Dirección General de Derecho de Autor (DGDA). A diferencia de otras oficinas administrativas, la DGDA tendrá el poder de imponer multas a los infractores sin perjuicio de más acciones civiles o criminales. Leíste bien, la DGDA podrá iniciar acciones no judiciales por sí misma, o en nombre de la parte afectada, y podrá imponer multas de hasta USD$100.000. No conozco ninguna oficina de copyright con tanto poder”, afirma.

La DGDA deberá notificar al presunto infractor, y en 15 días el acusado deberá “presentar las pruebas para su defensa” ante dicha oficina. La entidad podrá multar a la persona si considera que es culpable, y el sujeto todavía podría verse nuevamente multado o enviado a prisión por los juicios que se realicen en su contra en las cortes de justicia.

“Lo que realmente hace única a esta ley es el hecho de que la multa no sólo no llega al dueño del copyright, que es el motivo por el que no se excluyen las demandas civiles futuras. El dinero va hacia la DGDA y sus empleados”, dice Guadamuz. En efecto, el artículo 153 señala que:

“Las sumas que perciba la Dirección General de Derecho de Autor por las tasas derivadas de los servicios que preste y por las multas que aplique en ejercicio de sus facultades, serán destinadas a mejorar su infraestructura operativa y estimular el rendimiento de sus funcionarios, complementariamente a las partidas que el Presupuesto General del Estado se destinan para el funcionamiento de dicha entidad, de acuerdo con los procedimientos y principios que, para tal efecto, establezca el Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio del ramo, para su correcta administración y distribución”.

Guadamuz advierte que si esta ley se pone en práctica, la DGDA “intentará monitorear inmediatamente todo el uso de torrents en Panamá, sea legítimo o no, y todas las personas identificadas por direcciones IP serán llamadas y multadas. Después de todo, la institución y sus empleados tendrán un incentivo financiero directo para asumir la culpabilidad. Luego esas mismas personas serán citadas una y otra vez, ya que habrá incentivos claros para multar a quienes reincidan”.

Algunos movimientos se están organizando en Panamá para intentar que el presidente vete esta ley, que ya pasó sin ningún cuestionamiento por el Congreso. La rama local de Anonymous llamó a lanzar durante hoy ciberataques masivos “contra los que realmente son culpables de esta ley” y una movilización en la Asamblea Nacional a las 11 de la mañana.

Links:
Proyecto de Ley 510 [PDF] – gracias Anthony!
Is Panama About to Pass the Worst Copyright Law in History? (InfoJustice)
La PEOR ley de Copyright del mundo: ¡en Panamá! (ChrisFaw)

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