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	<title>FayerWayer &#187; Audiencia</title>
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	<description>Dosis diarias de tecnología en español.™</description>
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		<title>España: Condenan a un año de cárcel a propietarios de una web de enlaces</title>
		<link>http://www.fayerwayer.com/2011/10/espana-condenan-a-un-ano-de-carcel-a-propietarios-de-una-web-de-enlaces/</link>
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		<pubDate>Tue, 18 Oct 2011 08:00:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Esperanza Hernández</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Esta sentencia se produce sobre un recurso interpuesto por la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (ADESE) y Promusicae (Productores de Música de España), en la que recurrían una sentencia anterior en la que ¡el mismo tribunal exculpaba a los acusados!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La polémica sobre si compartir enlaces en Internet es delito en España o no, vuelve a la palestra: La Audiencia de Bilbao ha condenado a los responsables de <a href="http://torments.net/fenixp2p" target="_blank">Fenixp2p.com</a> y Mp3-es.com a un año de cárcel y al pago de una indemnización por &#8220;lucrarse publicando enlaces para la descarga de contenidos protegidos por derechos de autor&#8221;.</p>
<p>Esta sentencia contradice las declaradas por otras audiencias españolas en las que había quedado claro, tal como demuestran las sentencias de los jueces, que compartir enlaces en Internet no constituiría delito alguno.</p>
<p>Sin embargo, la Audiencia Provincial de Vizcaya en Bilbao sí considera que &#8220;enlazar supone un acto de comunicación pública y, por tanto, sí cumple los requisitos del delito&#8221;.</p>
<p>Vale destacar que esta resolución se produce sobre un recurso interpuesto por la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (<a href="http://www.adese.es/" target="_blank">ADESE</a>) y <a href="http://www.promusicae.es/espanol.html" target="_blank">Promusicae </a>(Productores de Música de España), en la que recurrían una sentencia anterior en la que el mismo tribunal exculpaba a los acusados.</p>
<p>Y es que<strong><a href="http://www.fayerwayer.com/2011/02/espana-nueva-absolucion-a-una-web-con-enlaces-a-descargas/" target="_blank"> tal como os contaba Iván en febrero de este año, la misma Audiencia había decidido entonces absolver a los administradores de FenixP2P de las acusaciones de ADESE y Promusicae</a>.</strong> En ese momento el juez había dictaminado que:</p>
<blockquote><p>&#8220;No existe conducta delictiva en el hecho de proporcionar enlaces a terceros sitios aunque estos si alberguen contenidos para descargar que infrinjan los derechos de autor&#8221;.</p></blockquote>
<p>Sin embargo, al recurrir la sentencia, y aunque las leyes no hayan cambiado desde entonces, la Audiencia de Bilbao cambió de parecer, ya hora consideran que aunque los materiales no eran descargados desde los servidores de los procesados (que solo compartían los enlaces), ésto se valían de los mismos para obtener más visitas a sus Webs y por ende, beneficios por concepto de publicidad, tal como afirman en la sentencia:</p>
<blockquote><p>&#8220;Los acusados llevaban a cabo esta actividad con la intención de obtener ganancias a través de la publicidad que ofrecían en ambas páginas, calculándose los ingresos obtenidos en tal concepto mediante un sistema basado en el número de visitas&#8221;.</p></blockquote>
<p>Y es que los abogados de los demandantes han basado su denuncia en el hecho de que los responsables de estas Webs obtienen beneficios económicos por el tráfico que logran gracias a la publicación de los enlaces, lo cual echa por tierra el argumento de intercambio entre particulares y es una de las razones que la Audiencia de Bilbao ha sostenido para tomar la decisión sobre el caso.</p>
<p>Así entramos en un nuevo episodio de interpretaciones del compartir enlaces: Mientras unos defendemos que se trata de un acto de libre compartir entre ciudadanos (como si un amigo nos prestara un DVD para ver una peli, o sacáramos un libro prestado de la Biblioteca), otros consideran que si hay lucro detrás, a través de ingresos por publicidad de ejemplo, ya constituiría un &#8220;delito contra la propiedad intelectual&#8230; ¿Qué opináis vosotros?</p>
<p><strong>Links</strong>:<br />
- <a href="http://www.europapress.es/portaltic/sector/noticia-audiencia-bilbao-condena-ano-carcel-propietarios-web-enlaces-20111017134750.html" target="_blank">La Audiencia de Bilbao condena a un año de cárcel a propietarios de web de enlaces </a>(<em>Europa Press</em>)<br />
- <a href="http://www.fayerwayer.com/2011/02/espana-nueva-absolucion-a-una-web-con-enlaces-a-descargas/" target="_blank">España: Nueva absolución a una web con enlaces a descargas </a>(<em>FayerWayer</em>)</p>
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		<title>La Boda Real superó récord de espectadores en transmisiones online en vivo</title>
		<link>http://www.fayerwayer.com/2011/04/la-boda-real-supero-record-de-espectadores-en-transmisiones-online-en-vivo/</link>
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		<pubDate>Fri, 29 Apr 2011 17:40:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Seba Cabezas</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-large wp-image-523398" title="boda_real-livestream" src="http://static.betazeta.com/www.fayerwayer.com/up/2011/04/boda_real-livestream-595x398.jpg" alt="" width="595" height="398" /></p>
<p>Yo no entiendo. Todo el mundo dice que no le interesa esto de la <a href="http://www.belelu.com/tag/boda-real" target="_blank">Boda Real</a>, pero parece que ninguno de ellos está entre los miles de millones que la ven en vivo en todo el mundo (yo reconozco que vi una parte porque encendí la tele y era cadena nacional). Pero bueno, el fenómeno no sólo se limita a la audiencia televisiva ni a copar los trending topics globales de Twitter, sino que cientos de miles que no tenían la opción de verla por TV, lo hicieron a través de internet con Livestream (y de paso aprovechaban de comentar en las redes sociales).</p>
<p>Según la compañía -que se asoció con Associated Press, UK Press Association, CBS y Entertainment Tonight para el evento- su transmisión online en vivo del matrimonio <strong>alcanzó un peak de 300.000 espectadores simultáneos a las 1100 GMT</strong> de hoy, mientras que su CEO Max Haot sostuvo que para el final de la transmisión esperaban llegar a <strong>“al menos dos millones” de espectadores únicos.</strong></p>
<p>Además -según Akamai- el evento batió los récords de streaming en vivo en el mundo, superando incluso la marca de <strong>1,6 millones de espectadores fijada el año pasado</strong> por el Mundial de Fútbol de Sudáfrica.</p>
<p>Aún así, la boda entre William y Kate aparentemente no alcanzó a convertirse en el mayor evento noticioso en internet de la historia, ya que sus 4,6 millones de page views por minuto que reportó Akamai, no se acercan a los 10,3 millones que hubo en junio del 2010 cuando paralelamente se desarrollaban un partido del Mundial y el enfrentamiento más largo de la historia de Wimbledon.</p>
<p>Igual esperaría cifras definitivas, pero -como sea- el evento ya hizo que tuviera que dejar de ignorarlo para redactar esta nota… Al menos lo intenté.</p>
<p><strong>Link: </strong><a href="http://mashable.com/2011/04/29/royal-wedding-live-stream/" target="_blank">Royal Wedding Breaks Live Streaming Records</a> <em>(Mashable)</em></p>
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		<title>España: Archivan caso contra web de enlaces P2P amparándose en la Ley Sinde</title>
		<link>http://www.fayerwayer.com/2011/03/espana-archivan-caso-contra-web-de-enlaces-p2p-amparandose-en-la-ley-sinde/</link>
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		<pubDate>Thu, 31 Mar 2011 11:00:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Esperanza Hernández</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los Magistrados confirman que las páginas de enlace no constituyen delito alguno. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-441161" href="http://www.fayerwayer.com/2010/12/espana-digitalizacion-de-series-de-tv-sin-fines-de-lucro-es-una-realidad-aunque-sinde-no-lo-crea/p2p-5/"><img class="aligncenter size-full wp-image-441161" title="p2p" src="http://static.betazeta.com/www.fayerwayer.com/up/2010/12/p2p.jpg" alt="" width="550" height="258" /></a><br />
Otro golpe a los &#8220;defensores&#8221; de los derechos de autor en Internet: La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la causa contra los responsables de Edonkeymania.com. ¿La razón? Esgrimen que la Ley Sinde recientemente aprobada establece la vía administrativa para resolver este tipo de conflictos, por lo que decidieron archivar la causa penal que se seguía desde el año 2002.</p>
<p>De esta forma,<strong> los Magistrados confirman que las páginas de enlace no constituyen delito alguno</strong>. Los jueces explican punto por punto las razones del archivo, destacando que: La actividad de los denunciados consistente en recopilar enlaces (y no los alojaba) no implica una &#8220;puesta a disposición&#8221; de los contenidos, por tanto no constituye un acto de comunicación pública, y &#8220;el lucro que percibían por ello no es directo&#8221;.</p>
<p>Todo ello en la misma línea de los casos más recientes de archivo de causas contra sitios de enlaces, como ocurrió con el caso de &#8220;<a href="http://www.fayerwayer.com/2010/03/juez-de-barcelona-declara-las-redes-p2p-como-legales/">El Rincón de Jesus</a>&#8220;, o de <a href="http://www.fayerwayer.com/2011/03/audiencia-de-madrid-enlazar-a-descargas-no-es-un-delito/">IndiceDonkey que les contamos la semana pasada</a>.</p>
<p>Sin embargo, en esta ocasión, <strong>los Magistrados van más allá y citan a la Ley Sinde como el medio para resolver este tipo de conflictos. </strong>Eso aunque la también llamada Ley Antidescargas aún no se está aplicando en España por razones administrativas que se supone deben estar solventadas a mitad de este año.</p>
<p><span id="more-518713"></span>La noticia, entonces, no es motivo de alegría: Si bien se trata de una &#8220;victoria&#8221; parcial sobre una causa con más de 7 años en tribunales que acaba resolviendo que compartir enlaces P2P no es un delito, el hecho de que los magistrados dejen la puerta abierta a que estas disputas se resuelvan por la &#8220;vía administrativa&#8221; no es un consuelo&#8230;</p>
<p>Del planteamiento de la Audiencia Provincial de Madrid hay que rescatar la idea principal: Compartir enlaces a descargas no es un delito si no hay una finalidad de lucro. Así que si no se &#8220;venden&#8221; los materiales susceptibles a las descargas no habría problema&#8230;</p>
<p>Esperemos que con este argumento puedan defenderse las web de intercambio de enlaces cuando la Ley Sinde comience a aplicarse. Y ojo porque según lo que han comentado desde la SGAE esto podría ser a mitad de año: Que no sorprendan a los españoles con un montón de Webs cerradas después de las vacaciones de verano.</p>
<p><strong>Link</strong>: <a href="http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/30/navegante/1301474436.html">Los jueces invocan la &#8216;Ley Sinde&#8217; al cerrar el caso más antiguo contra enlaces P2P</a> (<em>El Mundo</em>)</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Audiencia de Madrid: Enlazar a descargas no es un delito</title>
		<link>http://www.fayerwayer.com/2011/03/audiencia-de-madrid-enlazar-a-descargas-no-es-un-delito/</link>
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		<pubDate>Wed, 23 Mar 2011 10:00:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Esperanza Hernández</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ordenan archivar el caso contra el foro de descargas "Indicedonkey".]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;"><a rel="attachment wp-att-517262" href="http://www.fayerwayer.com/2011/03/audiencia-de-madrid-enlazar-a-descargas-no-es-un-delito/descargas/"><img class="aligncenter size-large wp-image-517262" title="descargas" src="http://static.betazeta.com/www.fayerwayer.com/up/2011/03/descargas-595x369.jpg" alt="" width="595" height="369" /></a><br />
Para considerar &#8220;delictiva&#8221; la actividad de sitios de enlaces deben existir varios requisitos, como por ejemplo, que los enlaces sean destinados a comunicación pública o que exista ánimo de lucro directo.</p>
<p>De no existir tales elementos, enlazar a contenidos de descarga no es sí mismo un delito, tal como lo ha reafirmado la Justicia madrileña en un nuevo fallo relacionado con el foro de descargas <a href="http://www.forosindicedonkey.com/">Indicedonkey</a>.</p>
<p>Tal como sucedió hace un par de meses cuando la<a href="http://www.fayerwayer.com/2011/02/espana-absuelven-a-tres-webs-con-enlaces-a-descargas/"> Justicia española absolvió a estrenosdivx.com, www.limitedivx.com y www.limitetracker.com</a>, ahora <strong>la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado archivar el caso contra el foro de descargas  <a href="http://www.forosindicedonkey.com/">Indicedonkey</a></strong>, citando los siguientes argumentos:</p>
<blockquote><p>Los responsables de la página no realizan de forma directa actos de comunicación pública de obras protegidas por la LPI (Ley de Propiedad Intelectual) ya que no alojan en sus archivos los títulos descargados&#8221;.</p></blockquote>
<p><span id="more-517257"></span>Además, la Justicia madrileña considera que no existe ánimo de lucro directo por parte de los administradores de la web en cuestión, ya que:</p>
<blockquote><p>La retribución que obtienen los administradores de la página no compensa la descarga de los títulos, sino la publicidad derivada del acceso genérico a la página, que es independiente de ésta y que se puede producir aunque no haya descarga&#8221;.</p></blockquote>
<p>Con este fallo queda claro, nuevamente, que <strong>los sitios que sólo comparten enlaces a descargas no están cometiendo infracciones contra los derechos de autor</strong>, y por tanto, al no albergar &#8220;contenidos protegidos&#8221;, su actividad no se puede considerar como &#8220;comunicación pública&#8221;.</p>
<p><strong>Vale destacar que este fallo bien podría servir de precedente una vez que comience a aplicarse la llamada Ley Antidescargas</strong> (lo que está previsto suceda a mediados de año), en situaciones que pudieran enfrentar web similares a las que intenten criminalizar por compartir enlaces&#8230; ¡Al fin una buena noticia para los internautas en España!</p>
<p><strong>Link</strong>: <a href="http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/22/navegante/1300825059.html">La Audiencia de Madrid insiste en que enlazar a descargas no es delito</a> (<em>El Mundo</em>)</p>
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		</item>
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		<title>El canon digital levanta ampollas en España</title>
		<link>http://www.fayerwayer.com/2011/03/el-canon-digital-levanta-ampollas-en-espana/</link>
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		<pubDate>Fri, 04 Mar 2011 10:26:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Esperanza Hernández</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Una tienda de informática se rebeló contra el impuesto... ¡Y ganó la batalla en los tribunales!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-485932" href="http://www.fayerwayer.com/2011/01/ifpi-espana-duplica-la-media-europea-en-descargas-ilegales-de-musica/cd/"><img class="alignright size-medium wp-image-485932" title="cd" src="http://static.betazeta.com/www.fayerwayer.com/up/2011/01/cd-300x197.jpg" alt="" width="300" height="197" /></a>Pagarlo o no pagarlo, he ahí el dilema. El tema del canon digital nunca ha sido visto con buenos ojos en España. Al menos no por parte de los consumidores (sean particulares o empresas), así que cada cierto tiempo sale alguien, particular o empresario, que reclama su derecho a no pagar el impuesto en cuestión.</p>
<p>Recordemos que este impuesto fue impulsado por la Sociedad General de Autores de España (SGAE) y otras asociaciones que defienden los intereses de las empresas discográficas, cinematográficas y algunos creadores, para gravar la compra de soportes de reproducción digital tales como los CD, DVD y MP3, y hasta los discos duros&#8230;</p>
<p>¿La excusa? Supuestamente compensar a los autores por las hipotéticas copias de seguridad privadas que se realizaran de sus trabajos, lo que termina por abarcar a todos los usuarios,<strong> asumiendo en cierto modo que todos hacíamos copias privadas y “pirateábamos”.</strong></p>
<p>Así las cosas, <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/10/espana-justicia-europea-opina-manana-sobre-el-canon-digital/"> Padawan, una tienda de informática de Barcelona, se rebeló hace unos meses contra la SGAE para no pagar la tasa en cuestión</a>. El caso fue resuelto por el Tribunal de Barcelona quién apeló al dictamen del pasado octubre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), <strong>donde se señaló que dicha tasa no se puede aplicar indiscriminadamente y eximió a empresas y administraciones de su pago. </strong>La SGAE, además, tendrá que asumir las costas judiciales.</p>
<p><span id="more-513800"></span><strong>La batalla por el canon digital en España vuelve al tapete.</strong> Se supone que ya la Unión Europea lo había dejado bien claro: <a href="http://www.fayerwayer.com/2010/10/espana-justicia-europea-dictamina-que-el-canon-digital-es-ilegal/">El canon es ilegal</a>:</p>
<blockquote><p>La aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la Directiva”.</p></blockquote>
<p>Sin embargo, esta sentencia de la Audiencia de Barcelona vuelve a avivar la polémica: Las empresas no tienen que pagarlo, pero, ¿y qué pasa con los particulares? He ahí de nuevo el dilema: <strong>La sentencia contra la SGAE aclara que el usuario de a pie sí tiene que pagar el canon digital</strong>.</p>
<p>Al respecto, el portavoz de las Entidades de Gestión, Rafael Sánchez, asegura que la sentencia de absolución a la tienda de informática eximiéndola de pagar el canon digital &#8220;clarifica después de ocho meses que los particulares tienen que pagar&#8221; dicho gravamen&#8230;</p>
<p>Y es que según la Audiencia Provincial de Barcelona, la misma que exoneró a la &#8220;tienda rebelde&#8221;, es obligatorio el pago del canon en los equipos y soportes digitales destinados a particulares porque para ellos:</p>
<blockquote><p>Basta la presunción de que puedan utilizarse para realizar copias privadas, sin necesidad de acreditar su uso efectivo&#8221;.</p></blockquote>
<p>¿Y entonces? Sánchez acusa a las asociaciones de internautas de beneficiar a las empresas y darles la espalda a los consumidores finales. En su opinión, se pasará de un sistema &#8220;mutualista&#8221;, en el que todos pagaban, a un sistema discriminatorio entre personas físicas y jurídicas.</p>
<p>Desde la <a href="http://www.internautas.org/html/6599.html">Asociación de Internautas,</a> por su parte, celebran la &#8220;victoria&#8221; que significa esta sentencia, que a su interpretación da la razón a los planteamientos impulsados desde la plataforma<a href="http://todoscontraelcanon.es/"> Todoscontraelcanon.es</a>, en la que desde 2006 <strong>se está proponiendo como salida a este polémico tema que dicha tasa se grave exclusivamente en la obra que lo genera</strong>. De esa forma lo cobra el autor en función de lo que vende, de forma que solo lo paga el que adquiere el derecho de copia, no se perjudica a terceros y no se requieren intermediarios para su gestión y por tanto se compensa más y mejor al creador&#8230; <strong>¿Crees que esa es la solución?</strong></p>
<p><strong>Links</strong>:<br />
- <a href="http://www.publico.es/culturas/364426/la-tienda-que-se-rebelo-contra-el-canon-digital-gana-el-juicio-a-la-sgae">La tienda que se rebeló contra el canon digital gana el juicio a la SGAE</a> (<em>Público</em>)<br />
- <a href="http://ecodiario.eleconomista.es/cultura/noticias/2875354/03/11/La-sentencia-aclara-que-el-usuario-tiene-que-pagar-el-canon-digital-segun-las-entidades-gestoras.html">La sentencia contra la SGAE aclara que el usuario tiene que pagar el canon digital</a> (<em>EcoDiario</em>)<br />
- <a href="http://www.europapress.es/portaltic/internet/noticia-audiencia-provincial-barcelona-confirma-pago-canon-particulares-20110303114354.html">La Audiencia Provincial de Barcelona confirma el pago del canon en particulares </a>(<em>Europa Press</em>)<br />
- <a href="http://www.internautas.org/html/6599.html">Los jueces españoles y europeos dan la razón a todoscontraelcanon.es cinco años después</a> (<em>Internautas</em>)</p>
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		<title>España podría llevar a Google ante el Tribunal Europeo por &#8220;el derecho al olvido&#8221;</title>
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		<pubDate>Sat, 26 Feb 2011 11:15:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Esperanza Hernández</dc:creator>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
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		<category><![CDATA[Audiencia]]></category>
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		<description><![CDATA[Para determinar quién debe eliminar en Internet los enlaces a contenidos con datos personales]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-493512" href="http://www.fayerwayer.com/2011/01/a-preparar-curriculum-google-planea-contratar-mas-de-6-000-personas-este-ano/google-16/"><img class="alignright size-medium wp-image-493512" title="google" src="http://static.betazeta.com/www.fayerwayer.com/up/2011/01/google1-300x212.jpg" alt="" width="300" height="212" /></a>La Audiencia Nacional de España ha dictado una providencia en la que pregunta a Google y la <a href="https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php">Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)</a> si desean consultar la opinión del Tribunal de Justicia Europeo, con sede en Luxemburgo, sobre el <a href="http://www.fayerwayer.com/2011/01/google-y-espana-se-veran-en-los-tribunales-por-la-ley-de-proteccion-de-datos/">caso que les enfrenta por el llamado &#8220;Derecho al Olvido&#8221;</a>, que intenta determinar quién debe eliminar en Internet los enlaces a contenidos con datos personales.</p>
<p>Se trata de casos de ciudadanos cuyos nombres aparecieron en boletines oficiales del gobierno o en la prensa por haber sido sujetas a alguna sanción. Aunque son problemas que datan de muchos años atrás, y ya estas personas superaron los hechos, cumplieron su responsabilidad o pagaron sus condenas (según sea el caso) sus nombres permanecen en la red y es fácil llegar a ellos con sólo realizar una búsqueda en Google. Es decir, que la gente queda con su reputación “manchada” en Internet.</p>
<p>España exige a Google que cambie su algoritmo de búsquedas para que entre los resultados no salgan estos &#8220;expedientes oscuros&#8221;. Se basa en la Ley de Protección de Datos para realizar tal petición. Pero al existir dudas sobre la interpretación del derecho comunitario,<strong> la justicia española deja abierta la opción de consultar al Tribunal Europeo sobre quién debe retirar estos enlaces que &#8220;afectan la reputación&#8221; de ciertos ciudadanos.</strong></p>
<p><span id="more-512798"></span>Además, la Audiencia Nacional de España considera que el fondo de la resolución que se adopte afectará a otros países europeos, y recuerda que la ley obliga a escuchar a las partes, que tienen 15 días para informar, antes de plantear una cuestión prejudicial. El trámite es un procedimiento previo a la resolución que adopten los magistrados sobre el fondo del asunto, del que pueden hacer uso los tribunales de todos los países de la Unión Europea cuando tienen alguna duda sobre la interpretación de las normas comunitarias, destaca el Diario El Mundo.</p>
<h2>Privacidad Vs. Censura</h2>
<p>España pide que se retiren esos enlaces. El buscador piensa que se enfrenta a un caso de censura. Y así llegan a batalla legal con dos derechos enfrentados:<strong> El derecho a la libertad de expresión en Internet, defendido por Google, y el derecho a la dignidad personal que exige la <a href="https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php">Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)</a>.</strong></p>
<p>Ahora bien, <strong>el detalle está en que Google no es el administrador de los sitios web donde aparecen los datos en cuestión. </strong>Es solo un buscador que tiene esas web indexadas, por lo que cuando un usuario hace la búsqueda de un nombre en particular, sale la lista de enlace a las web que contengan ese nombre. Así funciona.</p>
<p>Entonces, ¿no sería más fácil pedir a los medios digitales que regulen esa data, en vez de pedir a Google que cambie su algoritmo de búsquedas? Digo, para que busquen la raíz del problema.</p>
<p>Quizá en otros tiempos dichas notificaciones incluían todos esos datos porque no existía Internet, pero ahora que la información está al alcance de un clic, tal vez sea tiempo de cambiar los formatos e incluir menos datos “sensibles” a la privacidad de los ciudadanos en dichas notificaciones, al menos en las que serán publicadas en la red, ¿no?</p>
<p>Precisamente es el argumento de Google: Si se restringen datos a los buscadores, se estaría sesgando la libertad de la red, y por eso insiste en que es la web de origen la que, en su caso, debería eliminar la información sensible.</p>
<p>Allí estoy de acuerdo con el buscador, aunque en otros episodios (como con Street View) si que se note que vulneran la privacidad de ciertas personas… En fin, que toca esperar a ver qué deciden Google y la AEPD y si finalmente elevan la consulta al Tribunal Europeo, ya les contaremos que se decide y quién debe borrar los fulanos enlaces, si es que hay que borrarlos&#8230; ¿En qué piensas que terminará esta historia?</p>
<p><strong>Link:</strong> <a href="http://www.elmundo.es/elmundo/2011/02/25/navegante/1298656667.html">La Audiencia Nacional planteará sus dudas sobre &#8216;links&#8217; a la Justicia europea</a> (<em>El Mundo</em>)</p>
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		<title>Sonaste Obama: el mundial de Sudáfrica bate records de audiencia online</title>
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		<pubDate>Mon, 14 Jun 2010 15:06:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>F. Figueroa Fagandini</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internet]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia]]></category>
		<category><![CDATA[copa del mundo]]></category>
		<category><![CDATA[Obama]]></category>
		<category><![CDATA[online]]></category>
		<category><![CDATA[Récord]]></category>
		<category><![CDATA[sudáfrica]]></category>

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		<description><![CDATA[Cuando Obama ganó la elección presidencial para convertirse en el nuevo presidente de los Estados Unidos de América, no solamente terminó con la no-del-todo-grata era Bush, sino que hizo saltar por los aires los records de audiencia online, un índice [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_105231" class="wp-caption aligncenter" style="width: 443px"><img class="size-full wp-image-105231" title="akamai" src="http://www.fayerwayer.com/up/2010/06/akamai.JPG" alt="Imagen gentileza de Akamai" width="433" height="389" /><p class="wp-caption-text">Imagen gentileza de Akamai</p></div>
<p>Cuando Obama ganó la elección presidencial para convertirse en el nuevo presidente de los Estados Unidos de América, no solamente terminó con la no-del-todo-grata era Bush, sino que hizo saltar por los aires los records de audiencia online, un índice que no estamos seguros de cómo se mide en forma objetiva pero suponemos equivale a la cantidad de tráfico que fluye hacia los sitios de noticias específicamente dirigido al tema en cuestión, o bien al tráfico que se genera luego de una búsqueda relativa al tema en cuestión, o a lo mejor es una medida inventada para que nosotros podamos escribir esta noticia.</p>
<p><span id="more-105171"></span>Sea lo que sea que se está midiendo, Akamai reportó que en esa ocasión el tópico de Obama ganando la elección llegó a mover, en su momento peak,<strong> 8.5 millones de visitas por minuto</strong>, sumando a la internet como un todo. Con esos mismos parámetros, supimos también que el viernes por la mañana el Mundial de Sudáfrica 2010 batió holgadamente el record de Obama marcando <strong>12.1 millones de visitas por minuto</strong>, claro que esto ocurrió sólo durante el partido entre México y Sudáfrica, y luego decayó suavemente hasta quedar en 5.7 millones por minuto durante la jornada del sábado.</p>
<p>Lo importante es que la internet cada vez llama más gente, y muchos prefieren informarse directamente en sus sitios predilectos antes que hacer zapping por los canales deportivos en la TV. Muchos prefieren ver la repetición de los goles ya mismo en Youtube en vez de esperar el resumen del noticiario de la tarde.</p>
<p>Ahora, no nos maravillemos tanto tampoco. Es natural que a medida que hay más gente conectada, más planes baratos, más conocimiento del uso básico de un navegador, más y más gente se meta a internet. Si medimos no sólo las visitas sino el volumen de tráfico, también es natural que éste aumente debido a la naturaleza del tráfico: más streamings de video, más fotos en alta resolución, etc. Pero lo importante, queridos lectores, no es el natural aumento de las visitas sino la paulatina sustitución de los canales tradicionales por la web. El hecho de tener 12.1 millones de personas navegando en torno a temas mundialeros no es ni mucho ni poco si lo analizamos en forma aislada, y en la práctica estoy seguro que los mundiales tienen muchos pero muchos más ojos sobre ellos que 12 millones.</p>
<p>Por el contrario,  si nos dicen que esos 12 millones son el mayor flujo de visitas nunca registrado, significa que muchas de esas personas no sólo optaron por internet para buscar información, sino que sustituyeron diarios, revistas, radio y TV, o de otro modo no se explica que hayan surgido visitantes de la nada. Son personas que de a poco cambian el foco hacia el que se perfila como<strong> el canal de información por excelencia</strong>, un concepto que -a diferencia de muchas otras decisiones en el planeta- efectivamente toma la gente con su preferencia directa.</p>
<p><strong>Link</strong>: <a href="http://news.cnet.com/8301-1023_3-20007541-93.html">World Cup pushes Internet to new record</a><em> (CNET)</em></p>
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		<title>Rusia: El país con mayor audiencia en las redes sociales</title>
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		<pubDate>Mon, 06 Jul 2009 02:04:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Boxbyte</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internet]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia]]></category>
		<category><![CDATA[Redes Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Rusia]]></category>
		<category><![CDATA[Top]]></category>

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		<description><![CDATA[Recientemente se publicó un estudio de redes sociales basado en los datos de comScore World Metrix, en este se revela que Rusia tiene la mayor audiencia del mundo que participa de las redes sociales. El estudio encontró que los rusos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignright size-full wp-image-30802" title="electromagnetic_leaktv" src="http://www.fayerwayer.com/up/2009/07/electromagnetic_leaktv.jpg" alt="" width="250" height="223" />Recientemente <a href="http://www.comscore.com/Press_Events/Press_Releases/2009/7/Russia_has_World_s_Most_Engaged_Social_Networking_Audience" target="_blank">se publicó un estudio de redes sociales</a> basado en los datos de <strong>comScore World Metrix</strong>, en este se revela que <strong>Rusia </strong>tiene la mayor audiencia del mundo que participa de las redes sociales.</p>
<p>El estudio encontró que los rusos gastan 6.6 horas y visitan 1,307 páginas en Internet al mes. Esto demuestra el interés en las redes sociales locales (<em>Odnoklassniki</em>,<em> Mail.Ru</em>, <em>Fotostrana</em>, etc) y confirma el liderazgo de la red social <a href="http://en.wikipedia.org/wiki/Vkontakte" target="_blank"><strong>Vkontakte</strong></a>, actualmente la red social más popular en Rusia, Ucrania y Bielorrusia con más de 14 millones de visitas mensuales.</p>
<p>De los usuarios de todo el mundo que se conectan a Internet desde casa y el trabajo, mil cien millones son personas mayores de 15 años, de los cuales dos tercios se involucran en alguna red social.</p>
<p>En promedio, un usuario gasta al mes 3.7 horas y visita 525 páginas a nivel mundial.</p>
<p>En Latinoamérica, no tan lejos en el <strong>TOP 20 de países de mayor audiencia en las redes socales</strong> se encuentra <strong>Brasil</strong> en segundo lugar con 6.3 horas en promedio, 4. Puerto Rico (5.3), 10. Colombia (4.1), 11. México (4.0), 12. Chile (4.0) y 15. Venezuela (3.7).</p>
<p><strong>Link:</strong> <a href="http://uk.techcrunch.com/2009/07/02/comscore-russians-spend-more-time-on-social-networks-than-rest-of-world/" target="_blank">comScore: Russians Spend More Time On Social Networks Than The Rest Of World</a> <em>(TechCrunch UK)</em></p>
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