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Argentina: Google deberá indemnizar a un empresario que fue agraviado en un blog ¿Ola de demandas?

En un fallo inédito, una jueza argentina exige que Google indemnize a una persona por contenidos agraviantes publicados en un blog alojado en Blogspot.

En un momento delicado en lo que respecta a la libertad de expresión y censura en internet, una jueza argentina emitió un fallo polémico en el cual, a pesar de que la justificación sobre el perjuicio es real y válida, la condena a las herramientas utilizadas en internet y el argumento sobre el derecho a la integridad de una persona podrían generar un debate más allá del fallo.

Todo comenzó con un blog, donde E.C.B. (iniciales del nombre del damnificado), gerente general de una empresa de viajes era, según su denuncia, injuriado y agraviado con comentarios ofensivos. El blog, creado en 2008, se titulaba “Consejos para sortear la crisis: soy E.C.B, les dejo algunos consejos útiles para los empresarios y sus lamebotas (como yo) en estos tiempos que corren”, junto a una foto del gerente.

Dentro de los contenidos, los consejos del gerente hacían referencia a su accionar en la empresa, pero de forma irónica. Entre estos consejos se podía leer “despedir la mayor cantidad de gente posible”, “apagar el aire acondicionado de los sectores de la empresa donde no haya gente importante” y “amontonar a todos los empleaduchos que se pueda en una misma oficina”. Luego de varios intentos fallidos de eliminar el sitio, la víctima inició una demanda civil por daños y perjuicios contra Google, propietaria del servicio de alojamiento del blog, por sentirse agraviado en lo personal y laboral.

La Justicia argentina resolvió que Google deberá indemnizar a este ejecutivo por los contenidos del sitio alojado en Blogspot. E.C.B. intentó denunciar varias veces para que se bloqueara o eliminara dicho blog, e incluso había llegado a la Justicia, desde donde habían ordenado eliminar el sitio de los resultados de búsquedas.

Anonimato

El argumento de la resolución de la jueza civil en primera instancia, Graciela Amabile Cibils, se basó en realizar fuertes críticas al anonimato en internet y la responsabilidad, acusando a Google de no controlar que las personas sean injuriadas en internet.

“No se trata de prohibir las actividades de las páginas que posibilitan el anonimato, sino de imponer la responsabilidad del organizador de ellas”, destacó la jueza en su fallo y agregó que “el deber de identificar a los usuarios es esencial para no convertir a la red en un espacio para la conducta dañosa impune, ya que el derecho a expresarse está limitado por el respecto de los derechos y la reputación de los demás”.

Con respecto al buscador, la jueza advierte que “Google es quien ha desnaturalizado el derecho de expresión al frustrar la posibilidad de identificación de quien traspasa los límites del derecho”. El fallo también se refiere a las injurias como “una afrenta al honor susceptible de ser indemnizada”.

El abogado del empresario apoyó este fallo y lo consideró “saludable” porque será una plataforma para “proteger a todos aquellos que se consideran agraviados por contenidos publicados en internet, y le impone el deber de reparar el perjuicio ocasionado a quien se encuentra en mejores condiciones de evitar que el daño se produzca, que resulta ser el organizador o propietario del sitio web”.

Consecuencias

La duda que surge de esta historia es, ¿de ahora en más cualquier persona que se sienta agraviada por un contenido en internet y no pueda borrarlo, o no sea atendida por los responsables de la plataforma donde se publicaron esas ofensas, puede ser avalado por la Ley?

Supongamos que en el caso de este gerente, los dichos sean ciertos, es decir, que a pesar de la ironía, su proceder sea tal como lo describen quienes dieron de alta el blog. ¿Este tipo de actitudes no debería ser denunciada dentro de la empresa como conducta antiética? ¿No es una ofensa o agravio contra sus subordinados apagar el aire acondicionado de lugares poco importantes o amontonar empleados de, según su propio criterio, baja importancia?

Vayamos a otro ejemplo. Un actor conocido públicamente y que, tanto para la crítica profesional como para el público en general, es muy malo en su trabajo. ¿Tiene derecho a sentirse injuriado o agraviado y solicitar que se eliminen los contenidos que lo perjudican de la web, a pesar de que es realmente malo en su profesión? Quizás este ejemplo sea liviano, pero si vamos al caso de un médico, donde se podría divulgar que el profesional no está apto para ejercer, que ofrece malos tratos a sus pacientes, que diagnostica mal ¿también la justicia podría defenderlo y eliminar esa información, que en realidad podría ayudar a que otras personas no sean perjudicadas por el mal proceder de este médico?

Los ejemplos podrían ser infinitos, incluso yendo a un extremo, yo también tendría el derecho a demandar a todos los trolls que me dicen que escribo mal o que me equivoco en una fecha o en la profesión o nacionalidad de algún científico.

Esto que ejemplificamos recién viene a referencia de lo que comentó el abogado defensor Bossi Ballester, quien afirmó que todo aquel que resulte agraviado a través de internet debe sentirse con derecho a requerir la eliminación del material dañoso y eventualmente la reparación por los daños y perjuicios sufridos.

Google no hizo comentarios sobre este fallo ya que, según su vocero para Latinoamérica, no hacen declaraciones con un proceso judicial en marcha. Sólo aclaró que no es una sentencia definitiva sino una primera instancia, la cual será apelada por Google.

Link: Google deberá indemnizar a un empresario que fue agraviado en un blog (ElDerechoInformatico)

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